Productos prefabricados del hormigón. Norma oficial EN 15037-1:2008

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Esta norma europea especifica los requisitos, los criterios básicos de funcionamiento y la evaluación de la conformidad de las viguetas de hormigón armado o pretensado de peso normal de acuerdo con la Norma EN 1992-1-1:2004, con o sin forro cerámico, utilizadas conjuntamente con bovedillas según los proyectos de Norma prEN 15037-2 o prEN 15037-3 o prEN 15037-4 o prEN 15037-5, con o sin hormigón colocado in situ para la construcción de sistemas de forjado y de cubiertas con vigueta y bovedilla. En el anexo B se recogen ejemplos de las diferentes tipologías de sistemas de forjado y de cubiertas.

El canto total de la vigueta debe estar comprendido entre 60 mm y 500 mm y la distancia entre ejes de viguetas no será mayor de 1,00 m.

Para cantos superiores, las viguetas prefabricadas de hormigón deben cumplir con la Norma EN 13225.

Los productos amparados bajo esta norma están destinados a utilizarse como sistemas estructurales de forjado y de cubiertas, no sometidos a carga de fatiga, incluyendo áreas de aparcamiento para vehículos ligeros que corresponden a la categoría F de tráfico de la Norma EN 1991-1-1:2002.

Los productos pueden ser utilizados en zonas sísmicas, con la condición de que respondan a los requisitos específicos para este uso.

Productos prefabricados de hormigón Sistemas de forjado de vigueta y bovedilla

Esta Norma EN 15037-1:2008 ha sido elaborada por el Comité Técnico CEN/TC 229 Productos prefabricados de hormigón, cuya Secretaría desempeña AFNOR y fue revisada y aprobada por un equipo de trabajo conjunto designado por el Grupo de Enlace CEN/TC 229-TC 250, en particular para su compatibilidad con Eurocódigos estructurales.

Esta norma europea debe recibir el rango de norma nacional mediante la publicación de un texto idéntico a ella o mediante ratificación antes de finales de octubre de 2008, y todas las normas nacionales técnica- mente divergentes deben anularse antes de finales de abril de 2011.

Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisión Europea y por la Asociación Europea de Libre Comercio, y sirve de apoyo a los requisitos esenciales de las Directivas europeas.

Esta norma es una de una serie de normas de producto para productos de hormigón prefabricado.

La evaluación de conformidad que se da en esta norma se refiere a elementos prefabricados terminados que se suministran al mercado y cubre todas las actividades de producción llevadas a cabo en fábrica.

Para reglas de cálculo se hace referencia a la Norma EN 1992-1-1:2004. En caso necesario se proporcionan reglas adicionales complementarias.

Se exponen recomendaciones para los sistemas de forjado de vigueta y bovedilla en los anexos informativos sobre monolitismo de los sistemas de forjado compuestos (anexo C), detalles constructivos de los apoyos y del anclaje de las armaduras (anexo D), proyecto de sistemas de forjado compuestos (anexo E), proyecto de las viguetas autoportantes (anexo F), comportamiento como diafragma (anexo G), resistencia al fuego (anexo K) y aislamiento acústico (anexo L).

De acuerdo con el apartado 1.2 de la Norma EN 1992-1-1:2004, las reglas complementarias proporcionadas en los anexos informativos de esta norma son conformes con los principios correspondientes dados en la Norma EN 1992-1-1.

Debido al hecho de que las pruebas experimentales se basan principalmente en elementos de canto y anchura limitados, esta norma es de aplicación a elementos con esas dimensiones limitadas. Esta limitación no pretende prohibir la aplicación a elementos de dimensiones mayores, pero la experiencia no es todavía suficientemente amplia para preparar reglas de diseño normalizadas.

Esta norma incluye disposiciones específicas en los apartados 4.2.3, 4.3.2, 4.3.3 y 4.3.4 resultantes de la aplicación de las reglas de las Normas EN 1992-1-1:2004 y EN 1992-1-2:2004 elaboradas específicamente para el producto afectado. El uso de estas disposiciones es coherente con un proyecto realizado con las Normas EN 1992-1-1:2004 y EN 1992-1-2:2004.

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